martes, 15 de abril de 2014

¿Asociación o Fundación?



¿Cómo distinguir entre Asociación y Fundación? 

Si indagamos a cerca de sus significados, hallamos las definiciones de ambas, pero...¿en qué se diferencian?



Denominamos  Asociación, a “una entidad formada por un conjunto de asociados o socios para la persecución de un fin de forma estable, sin ánimo de lucro y con una gestión democrática”. “Las asociaciones pueden realizar, además de las actividades propias de sus fines, actividades que podrían ser consideradas como empresariales, siempre y cuando el beneficio de tales actividades sea aplicado al fin principal de la entidad o, eventualmente, a otras obras sociales".



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Por otro lado cuando hablamos de Fundación, nos referimos a una "organización sin fin de    lucro que, por voluntad de sus creadores, tiene afectado de modo duradero  su patrimonio a la realización de fines de interés general y cuyos beneficiarios son colectividades genéricas de personas."

Entre los fines de interés general que puede una fundación perseguir se encuentran,, los de defensa de los derechos humanos, asistencia social e inclusión social, cívicos, educativos, culturales..



A parte de la diferencia que se muestran en las definiciones, destacamos otra que nos parece de gran relevancia y que nos consta en el siguiente documento: http://prod-plat-aef.geanetondemand.com/EPORTAL_DOCS/GENERAL/AEF/DOC-cw4c6cfaa5caf50/Queesunafundacion-constitucion.pdf



En la asociación, "los socios son dueños de una parte proporcional del patrimonio y del capital societario, respectivamente y pueden extinguir la entidad libremente, si cuatro de sus miembros adoptan un acuerdo en ese sentido".


En cambio en la fundación, "el capital que aportan los fundadores sale definitivamente de su patrimonio y no pueden recuperarlo. A su vez, para que sea eficaz el acuerdo de extinción de la fundación adoptado por su Patronato-salvo que ésta se constituya de antemano con duración predeterminada-ha de ser ratificado por la Administración correspondiente, de oponerse ésta, por los jueces, en su caso. Los fundadores no pueden por su sola voluntad extinguir la fundación que crearon." 
 

Ejemplificando con un caso real. 

Para ejemplificar dichas diferencias, tomamos como referencia la Fundación Valenciana de Espina Bífida La Asociación Valenciana de EspinaBífida .
 
Donde la AVEB:  es una entidad social cuya misión es promover el desarrollo global de las personas con espina bífida o patologías similares mediante actuaciones encaminadas a lograr la igualdad de derechos y oportunidades y a evitar la discriminación y la exclusión social aportando las ayudas y apoyos necesarios para dar respuestas a las demandas de cada persona”.
Es una Asociación, " basada en sus valores, con amplia presencia social que desarrolle actuaciones que respondan adecuadamente a las necesidades de sus asociados y sus familias mediante actuaciones eficaces y flexibles creando alianzas con otras instituciones y entidades del sector y que favorezca a mejorar la imagen de las personas con espina bífida o patologías similares y el ejercicio de sus derechos".

En cambio si hablamos de La Fundación Activa Espina Bífida de la Comunidad Valenciana (FAEB-CV), "hablamos de un proyecto impulsado por la Asociación Valenciana de Espina Bífida (AVEB), ante las nuevas y cada vez mayores necesidades que plantean las personas afectadas de esta discapacidad o de otras con problemática médica y social similar". Dicha Fundación tiene por objeto "perseguir fines de interés general dirigidos a las personas afectadas de Espina Bífida, hidrocefalia u otras patologías o discapacidades con problemática médica y social similar y sus familias.Desarrollando sus actividades en la Comunidad Valenciana, y en aquellos otros lugares que por razones humanitarias y/o culturales sea necesaria su ayuda."

¿Podríais decirnos las diferencias entre ambas?

Un saludo.
Aida Albalá callejas 



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